
El último Pleno del Ayuntamiento aprobó provisionalmente la creación del Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida, con los votos del PSOE e Izquierda Unida. El propio Alcalde, antes de la votación, recalcó que era una aprobación provisional y que, inmediatamente, se celebrarían reuniones con los diferentes grupos municipales para llegar a un acuerdo sobre el texto definitivo de la Ordenanza que regula el mencionado Registro.
Fuimos citados a una primera reunión con el equipo de gobierno en la que le hicimos llegar nuestras enmiendas y sugerencias, para que fueran discutidas en reuniones posteriores, una vez las estudiaran.
Al mismo tiempo, el Alcalde remitía al Boletín Oficial de la Provincia el anuncio de exposición pública del referido acuerdo provisional, por periodo de un mes, con la consiguiente "coletilla" de, caso de no producirse alegaciones "el acuerdo provisional se entenderá definitivamente adoptado".
No ha vuelto a celebrarse reunión alguna, ni con nosotros ni con ningún otro grupo. El periodo de exposición se termina y, por consiguiente, aquel acuerdo provisional y condicionado a un consenso, pasaría a ser definitivo.
Una vez más se ha querido engañar y hacer una política de hechos consumados que se hacen irreversibles y, francamente, nos parece impresentable y falto de respeto con los acuerdos del Pleno Municipal.
Por supuesto tampoco esta vez nos vamos a dejar engañar y hemos procedido a presentar ALEGACIONES, antes de que finalice el plazo establecido.
Estamos hartos de mentiras, y no se puede estar engañando constantemente a todo un pueblo sin tan siquiera ruborizarse.
A propósito, el Pleno al que hacemos referencia está colgado en la página web del Ayuntamiento, puede todo aquel que quiera comprobar cómo el Alcalde subordinaba el acuerdo a las reuniones que hubiera con los grupos municipales: ha pasado el mes y estas no se han producido, con la esperanza de que se agote el plazo y el acuerdo sea definitivo.
Por supuesto las alegaciones que hemos presentado el día de hoy, obligarán a que se celebre otro Pleno en donde tenga que volver a ser debatido el asunto y, por tanto, no sea definitivo el acuerdo como torticeramente se pretendía.
Os adjuntamos el texto de las ALEGACIONES, en las que incluimos las enmiendas que les presentamos y que nunca fueron debatidas por nadie.
Ordenanza Municipal del Registro Público de Demandante de Vivienda Protegida
PALOMARES DEL RÍO - BOP SEVILLA Nº 276 28 DE Noviembre 2009
Don Juan Bautista Ginés Viera, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de esta villa.
Hace saber: Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 19 de noviembre de 2009, aprobó inicialmente la Ordenanza Municipal del Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida.
Así, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, se abre un período de información pública y audiencia a los interesados durante treinta días hábiles, desde la inserción de este anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla. Durante dicho plazo, los interesados podrán presentar reclamaciones o sugerencias.
En el caso de no ser presentada ninguna reclamación o sugerencia durante el plazo de información pública, el acuerdo provisional se entenderá definitivamente adoptado.
Palomares del Río a 23 de noviembre de 2009
El Alcalde, Juan Bautista Ginés Viera





















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